Título II - De las Actividades Vulnerables
Artículo 10
Formalidades para Pagos
Texto Oficial
Las operaciones que se realicen mediante transferencia electrónica, cheque nominativo o cualquier otro medio que permita su trazabilidad, deberán realizarse a nombre del beneficiario.
Explicación Práctica
Requiere que los pagos no en efectivo se hagan a nombre del beneficiario real, asegurando la trazabilidad de los recursos.
Puntos Clave
- Pagos a nombre del beneficiario
- Cheques nominativos
- Transferencias trazables