Título II - De las Actividades Vulnerables

Artículo 10

Formalidades para Pagos

Texto Oficial

Las operaciones que se realicen mediante transferencia electrónica, cheque nominativo o cualquier otro medio que permita su trazabilidad, deberán realizarse a nombre del beneficiario.

Explicación Práctica

Requiere que los pagos no en efectivo se hagan a nombre del beneficiario real, asegurando la trazabilidad de los recursos.

Puntos Clave

  • Pagos a nombre del beneficiario
  • Cheques nominativos
  • Transferencias trazables