Título III - De las Obligaciones de quienes realizan Actividades Vulnerables

Artículo 18

Obligaciones de Sujetos Obligados (13 fracciones, reforma julio 2025)

Texto Oficial

Quienes realicen las Actividades Vulnerables tendrán las obligaciones siguientes: I. Identificar clientes y usuarios; II. Solicitar información sobre actividad u ocupación; III. Identificar al beneficiario controlador; IV. Custodiar, proteger y resguardar documentación por 10 años (reformada, antes 5); V. Facilitar visitas de verificación; VI. Presentar avisos + aviso 24 horas por sospecha (reformada); VII. Evaluación con enfoque basado en riesgos - EBR (NUEVA); VIII. Manual de políticas internas (NUEVA); IX. Programas de capacitación anuales (NUEVA); X. Mecanismos automatizados con perfil transaccional (NUEVA); XI. Auditoría interna o externa independiente (NUEVA).

Explicación Práctica

ARTÍCULO CLAVE reformado el 16 de julio de 2025. Pasó de 10 a 13 obligaciones. Las 5 nuevas fracciones (VII-XI) entran en vigor conforme a las RCG que la SHCP debe publicar antes de julio 2026 (Transitorio Tercero). La Fr. IV amplió la conservación de 5 a 10 años. La Fr. VI agregó el aviso de 24 horas por sospecha incluso si la operación no se celebró.

Puntos Clave

  • I. Identificación de clientes y usuarios
  • III. Beneficiario controlador
  • IV. Conservación 10 años (antes 5) — reforma julio 2025
  • VI. Avisos mensuales + aviso 24 horas por sospecha — reforma julio 2025
  • VII. NUEVA: Enfoque basado en riesgos (EBR)
  • VIII. NUEVA: Manual de políticas internas
  • IX. NUEVA: Capacitación anual obligatoria
  • X. NUEVA: Mecanismos automatizados con perfil transaccional
  • XI. NUEVA: Auditoría anual (interna o externa)
  • Las Fr. VII-XI entran en vigor con las RCG (deadline julio 2026)