LFPIORPI México 2026

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Guía completa con los 65 artículos de la ley, 14 tipos de infracciones, 42+ definiciones del glosario PLD/FT y calculadoras interactivas.

65

Artículos

8

Títulos

14

Infracciones

42+

Definiciones

Nuevo · DOF 7 de agosto de 2026

Reglas de Carácter General 2026

El Acuerdo 115/2026 adiciona 11 capítulos nuevos a las reglas de la LFPIORPI y fija un calendario escalonado de cumplimiento hasta 2028.

Transitorio Primero

Entrada en vigor de las RCG

Acuerdo 115/2026

113 Días
02 Horas
38 Min
23 Seg
DOF 7 ago 2026 2% transcurrido 30 de noviembre de 2026

Fecha en que surten efectos las reglas reformadas, con las excepciones que los propios transitorios difieren a 2027 y 2028.

Texto del transitorio
El presente Acuerdo entrará en vigor el treinta de noviembre de dos mil veintiséis, salvo las excepciones previstas en los siguientes artículos transitorios.
Transitorio Séptimo

Inicia el primer periodo anual de capacitación

Capítulo XII · Art. 39 Bis

145 d 02:38:23

1 de enero de 2027

Transitorio Segundo, Tercero, Cuarto y Sexto

EBR, Manual de Políticas Internas y clasificación de riesgo

Caps. II Quáter, III Bis, III Ter y III Quinquies

204 d 02:38:23

1 de marzo de 2027

Transitorio Décimo Segundo

Activos virtuales: actualizar información del Art. 10 Bis

Art. 17, fr. XVI de la Ley

294 d 02:38:23

30 de mayo de 2027

Fecha calculada

El transitorio fija «Seis meses contados a partir de la entrada en vigor», no una fecha.

¿Qué es la LFPIORPI?

La LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) es la ley antilavado de México, vigente desde el 17 de julio de 2013.

Establece obligaciones para quienes realizan actividades vulnerables (16 fracciones del Artículo 17), incluyendo: identificar clientes, integrar expedientes, presentar avisos al SAT, conservar documentación por 10 años, implementar un enfoque basado en riesgos (EBR) y contar con mecanismos automatizados. La reforma del 16 de julio de 2025 adicionó 5 nuevas obligaciones al Art. 18 (Fr. VII-XI).

Las multas van desde 200 hasta 65,000 UMAs (equivalente a $23,462 hasta $7,625,150 MXN en 2026).

Preguntas Frecuentes sobre la LFPIORPI

¿Qué es la LFPIORPI y para qué sirve?

La LFPIORPI (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) es la ley antilavado de México vigente desde julio de 2013. Su objetivo es proteger el sistema financiero estableciendo obligaciones para quienes realizan actividades vulnerables, como identificar clientes, presentar avisos al SAT y conservar documentación.

¿Cuáles son las actividades vulnerables según la LFPIORPI?

El Artículo 17 de la LFPIORPI establece 16 fracciones de actividades vulnerables: juegos y sorteos, tarjetas prepago, cheques de viajero, operaciones de crédito, compraventa de inmuebles, desarrollo inmobiliario (Fr. V Bis, reforma julio 2025), activos virtuales, joyerías, obras de arte, vehículos, blindaje, fe pública (notarios), arrendamiento de inmuebles, servicios profesionales, traslado de valores, donativos y agentes aduanales.

¿Cuánto es la multa por no presentar avisos a la LFPIORPI?

La multa por omitir presentar avisos es de 10,000 a 65,000 UMAs (aproximadamente $1,173,100 a $7,625,150 MXN en 2026). Las multas por avisos extemporáneos van de 2,000 a 10,000 UMAs, y por avisos con errores de 200 a 2,000 UMAs.

¿Cuándo se deben presentar los avisos al SAT?

Los avisos deben presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se realizó la operación. Si durante el mes no se realizaron actos u operaciones objeto de aviso, no se queda uno sin obligación: debe enviarse un informe en ceros, en el que solo se llenan los campos de identificación de quien realiza la actividad vulnerable, el periodo y el señalamiento de que no hubo operaciones que reportar.

¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación de la LFPIORPI?

Desde la reforma del 16 de julio de 2025, el Art. 18 Fr. IV de la LFPIORPI establece que los expedientes de identificación y la documentación de operaciones deben conservarse por un plazo de 10 años (anteriormente 5 años). La conservación puede ser física o electrónica, en el domicilio registrado ante la SHCP.

Reforma LFPIORPI Julio 2025

La reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025 es la más importante desde la creación de la ley en 2013. Adicionó 5 nuevas obligaciones al Art. 18:

Fr. VII: Enfoque basado en riesgos (EBR)
Fr. VIII: Manual de políticas internas
Fr. IX: Capacitación anual obligatoria
Fr. X: Mecanismos automatizados con perfil transaccional
Fr. XI: Auditoría anual (interna o externa)
Art. 18 Fr. IV: Conservación de expedientes de 5 a 10 años
Art. 18 Fr. VI: Aviso de 24 horas por sospecha
Fr. V Bis: Desarrollo inmobiliario como nueva AV

Las obligaciones Fr. VII-XI quedaron reglamentadas por el Acuerdo 115/2026 (DOF 7 de agosto de 2026), que entra en vigor el 30 de noviembre de 2026. Consulta la guía completa de la reforma →

Reforma al Reglamento LFPIORPI (DOF 27/03/2026)

El Reglamento reformado entró en vigor el 28 de marzo de 2026 con cambios operativos importantes:

Cap. Sexto Bis: Obligación formal de identificar PEPs
Art. 12 Bis: Auditorías obligatorias
Art. 7 Bis: Aviso 24h incluso si la operación no se celebró
Art. 7: Acumulación de operaciones en periodos de 6 meses
Art. 55 Bis: Programa de autocorrección ante SAT
Art. 6: Umbrales Art. 17 SIN IVA, restricción efectivo Art. 32 CON IVA

Las obligaciones del Reglamento que remitían a Reglas de Carácter General ya fueron reglamentadas: el Acuerdo 115/2026 se publicó en el DOF el 7 de agosto de 2026. Leer análisis completo →

Software PLD para cumplir con la LFPIORPI

KYC Systems es el software PLD diseñado para México que automatiza las 13 obligaciones del Art. 18 de la LFPIORPI, incluyendo las nuevas fracciones de la reforma julio 2025.

Expedientes KYC digitales con conservación 10 años

Avisos XML generados automáticamente para el SPPLD del SAT

Cotejo contra listas negras UIF, OFAC, ONU y PEPs

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Consulta nuestro glosario completo con más de 42 términos de PLD/FT o usa nuestras calculadoras para determinar umbrales y multas.