Título VI - De las Infracciones y Sanciones

Artículo 60

Prescripción de Infracciones

Texto Oficial

Las infracciones administrativas prescribirán en un plazo de cinco años contados a partir de su comisión.

Explicación Práctica

Después de 5 años, las infracciones ya no pueden ser sancionadas. El plazo corre desde la fecha de la infracción.

Puntos Clave

  • Prescripción: 5 años
  • Desde comisión de infracción
  • Extinción de facultades