Título II - De las Actividades Vulnerables

Artículo 13

Obligación de Notarios y Corredores

Texto Oficial

Los fedatarios públicos deberán cerciorarse del cumplimiento de las restricciones al uso de efectivo antes de dar fe de cualquier acto u operación.

Explicación Práctica

Los notarios y corredores públicos deben verificar que las operaciones que autorizan cumplan con las restricciones de efectivo antes de formalizar cualquier acto.

Puntos Clave

  • Verificación obligatoria
  • Responsabilidad fedataria
  • Control preventivo