Título II - De las Actividades Vulnerables
Artículo 13
Obligación de Notarios y Corredores
Texto Oficial
Los fedatarios públicos deberán cerciorarse del cumplimiento de las restricciones al uso de efectivo antes de dar fe de cualquier acto u operación.
Explicación Práctica
Los notarios y corredores públicos deben verificar que las operaciones que autorizan cumplan con las restricciones de efectivo antes de formalizar cualquier acto.
Puntos Clave
- Verificación obligatoria
- Responsabilidad fedataria
- Control preventivo