Glosario PLD/FT

Manual de Políticas Internas (MPI)

Definición

Documento que debe elaborarse a los noventa días naturales del alta y registro, con catorce apartados mínimos que van desde los criterios de identificación de clientes hasta los mecanismos de control interno, supervisión y auditoría.

Referencia Legal

Capítulo X, Arts. 37 y 37 Bis de las RCG (Acuerdo 115/2026)

Ver las Reglas de Carácter General 2026